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ONU Hábitat entrega propuesta de decreto para reglamentar Ley de Áreas Metropolitanas

Publicado el Jueves, 26 Julio 2018, en Divulgación académica, Destacados

Este decreto reglamentario pretende fortalecer las funciones de planeación, ejecución y financiación de proyectos, los instrumentos de planeación y ordenamiento del territorio, la coordinación con los distintos niveles de gobierno y los mecanismos de articulación con actores públicos y privados para la gobernanza metropolitana.

Foto referencial - IEU

 

En una comunicación firmada por Roberto Lippi, Coordinador para los Países Andinos, y Jaime Berdugo, presidente de ASOAREAS, el Programa de las Naciones Unidas para los Asentamientos Humanos le entregó al Viceministro de Relaciones Políticas del Ministerio del Interior, Héctor Olimpo Espinosa, el borrador del Proyecto de Decreto Reglamentario de la Ley 1625 de 2013, que además busca incentivar la conformación de áreas metropolitanas para fortalecer, entre otras cosas, la asociatividad y el desarrollo territorial, la descentralización y el cierre de brechas.

Según la misiva, este borrador es el resultado de un trabajo conjunto entre ASOAREAS y el Programa de las Naciones Unidas para los Asentamientos Humanos ONU-Hábitat en el que se concentraron los últimos dos meses. Esto en el marco de un convenio de cooperación internacional que busca fortalecer técnicamente a las áreas metropolitanas del país, mediante la generación de condiciones para la constitución y vínculo de nuevas áreas metropolitanas, la reglamentación de su marco legal vigente, el aumento de capacidades institucionales y de diálogo multinivel, y su posicionamiento como referente de las cuestiones metropolitanas en Colombia.

“Diversos espacios de consulta han sido desarrollados durante estas semanas con especialistas y responsables jurídicos y de planeación de las instituciones metropolitanas, con expertos nacionales e internacionales, así como con diversas entidades y órganos del Gobierno Nacional”, en los cuales también participó el viceministro Héctor Olmipo Espinosa, dice la carta.

 

Dentro del decreto reglamentario se destaca la presencia de los criterios que deberán seguir las áreas dentro de sus funciones como autoridad ambiental y los criterios para la coordinación con entidades e instancias del nivel nacional. También se establece los criterios para la definición de los Hechos Metropolitanos y los estándares de seguimiento y evaluación. Según la Ley 1625 los Hechos Metropolitanos son fenómenos que afectan o impactan simultáneamente a dos o más de los municipios que conforman el área.

Adicionalmente, instituye los lineamientos y procedimientos para adoptar los Planes Integrales de Desarrollo Metropolitano (PIDM) y el Plan Estratégico Metropolitano de Ordenamiento Territorial (PEMOT). Sobre este último, el decreto señala que los municipios y distritos miembros de las áreas metropolitanas deberán asegurar la articulación de sus Planes de Ordenamiento Territorial (POT) con el PEMOT.

Dentro de los PEMOT, establece el decreto, se deberán definir estrategias para la aplicación de instrumentos de financiación para proyectos supramunicipales como la contribución por valorización y los pagos por servicios ambientales o ecosistémicos.

Una de las novedades en la dirección y administración de las áreas es que, en adelante, hará parte de la junta metropolitana el gobernador del departamento, quien participará con voz, pero sin voto.  Además, las juntas metropolitanas deberán hacer una rendición de cuentas a la ciudadanía cada dos años.

Áreas Metropolitanas en Colombia

Hasta la fecha el país cuenta con 6 áreas metropolitanas legalmente constituidas:

1. Área Metropolitana del Valle de Aburrá, conformada por Medellín, Barbosa, Girardota, Copacabana, Bello, Envigado, La Estrella, Itagüí, Sabaneta y Caldas.

2. Área Metropolitana de Centro Occidente, conformada por Pereira, Dosquebradas y La Virginia.

3. Área Metropolitana de Barranquilla, conformada la capital del Atlántico y los municipios de Soledad, Galapa, Puerto Colombia y Malambo.

4. Área Metropolitana de Valledupar, conformada por la capital del Cesar y los municipios de Agustín Codazzi, La Paz, Manaure Balcón del Cesar y San Diego.

5. Área Metropolitana de Bucaramanga, conformada por la capital de Santander y los municipios de Girón, Piedecuesta y Floridablanca.

6. Área Metropolitana de Cúcuta, conformada por la capital de Norte de Santander y los municipios de Los Patios, Villa del Rosario, El Zulia, San Cayetano y Puerto Santander. 

  • Escrito por Paola Medellín 

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