Mariana Duque Díez*1
Al hablar de conflicto en el contexto colombiano se suele privilegiar una perspectiva rural, en la que durante la segunda mitad del siglo XX -incluso antes, si se consideran las distintas guerras ocurridas desde el inicio de la vida republicana- los colombianos y colombianas han sido testigos de violencias armadas por cuestiones políticas, ideológicas, económicas, o de tenencia de la tierra, entre muchas otras explicaciones.
Lo cierto es que este mismo ciclo de violencia, denominado conflicto armado interno, que se ha delimitado desde 1948 y hasta el proceso de paz de La Habana, coincide con el proceso de urbanización acelerado que ha vivido el país. En consecuencia, las dinámicas de urbanización están estrechamente correlacionadas con la transformación del conflicto armado.
Colombia ha pasado por una rápida transición hacia lo urbano. Mientras que en 1960 solo el 45% de la población era considerada urbana, para el 2019 ya se había alcanzado el 81.1% (Banco Mundial, 2020). Esta urbanización, que no es exclusiva del contexto colombiano, si se tiene en cuenta que el mundo entero se encuentra virando hacia las zonas urbanas y que Latinoamérica es la región más urbanizada en el mundo2 (CEPAL, 2022). Sin embargo, Colombia cuenta con una particularidad que radica en la conjunción de dinámicas territoriales y temporales con las violencias.
Uno de los casos más icónicos para entender este fenómeno – aunque no único- es el de Medellín, que a pesar de estar enmarcada en el contexto del conflicto armado colombiano, desarrollo sus propias dinámicas de violencia entorno al surgimiento de carteles de narcotráfico, que encontrar eco en otras circunstancias como las altas tasas de migración de poblaciones provenientes de territorios de exclusión, las altas tasas de desempleo, la crisis industrial, el crecimiento de la pobreza urbana, el incremento del contrabando y un Estado minusválido, que ha terminado por generar un entorno propicio para que el círculo de la violencia se sostenga en el tiempo en esta ciudad (Patiño, 2015, p. 142).
Las condiciones mencionadas permiten argumentar que pensar en la paz para contextos urbanos va más allá de la neutralización de los actores armados que participan en hechos violentos. En cambio, se requiere un proceso de fortalecimiento del Estado que logre garantizar de manera efectiva que los seres humanos puedan acceder a la garantía de sus derechos humanos en el contexto urbano, en otras palabras, que la paz sea entendida como una condición necesaria para la garantía del derecho a la ciudad (Duque Díez, 2021). Por esto, no hay que desconocer los nuevos desafíos a los que se enfrenta Medellín y las demás urbes en Colombia: la urbanización de la guerra de actores que actuaban en territorios rurales, una rápida recepción de migrantes que llegan a los centros urbanos en búsqueda de mejores oportunidades y la continuación de problemáticas asociadas con el control territorial como las extorsiones o los préstamos gota a gota.
Al igual que las demás ciudades en Colombia y en el mundo, Medellín está llamada a ser un centro de garantía de derechos para sus habitantes, pues el establecimiento de los centros urbanos está fundamentado en la búsqueda de estos derechos. La problemática reside en que la configuración de la violencia urbana representa uno de los principales obstáculos para su satisfacción. Es aquí donde aparece la necesidad de reivindicar el derecho a la ciudad, entendido como la garantía de los derechos humanos en contextos urbanos, buscando que el ser humano sea el protagonista de la ciudad que ha creado (Sugranyes, 2010).
La paz necesita una perspectiva urbana y necesita también un entendimiento de las necesidades de las comunidades urbanas, de manera que sea posible garantizar los derechos humanos de todos aquellos que habitan territorios urbanos, que en última instancia es el llamado que se hace desde el derecho a la ciudad. Por esto, la construcción de paz y la búsqueda de salidas a las violencias que experimenta Colombia no pueden ni deben entenderse por fuera de los contextos urbanos, pues tal como afirma la Comisión de Estudios sobre la Violencia: “mucho más que las del monte, las violencias que nos están matando son las de la calle” (1987, p. 18).
Si usted desea más información sobre esta temática puede consultar el artículo “Violencia urbana y el derecho a la ciudad: análisis del caso Medellín”. Para tales efectos, ingrese a : http://www.scielo.org.co/scielo.php?script=sci_serial&pid=2462-9103&lng=en&nrm=iso
REFERENCIAS:
Banco Mundial (2020). Población urbana 2019 en Colombia. Recuperado de: https://datos.bancomundial.org/indicador/sp.urb.totl.in.zs?end=2019&locations=co&name_desc=false&start=1960&view=chart
CEPAL. (2022). Población, por áreas urbana y rural, según sexo. EN: CEPALSTAT. Bases de Datos y Publicaciones Estadísticas. Recuperado de: https://statistics.cepal.org/portal/cepalstat/dashboard.html?theme=1&lang=es
Comisión de Estudios sobre la Violencia (1987). Colombia: violencia y democracia (Vol. 1). G. Sánchez (Ed.). Bogotá: Universidad Nacional de Colombia.
Duque Díez, M. (2021). Violencia urbana y el derecho a la ciudad: análisis del caso Medellín. Revista Ciudades, Estados y Política, 8(2). https://doi.org/10.15446/cep.v8n2.92016
Patiño C. A. (2015). Medellín: Territorio, conflicto y Estado. Análisis geoestratégico urbano. Bogotá: Planeta
Sugranyes, A. (2010). El derecho a la ciudad. Praxis de la utopía. Hábitat y Sociedad, (1), 71-79. Recuperado de www.us.es.habitatysociedad.es