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¿Qué se debe tener en cuenta en la modificación de los POT?

Publicado el Tuesday, 13 June 2017, en Divulgación académica

El ordenamiento va más allá de la planeación de las normas urbanísticas y debe estar orientado a una gestión territorial.

Cortesía Alcaldía de Medellín

 

Respecto a la modificación de los Planes de Ordenamiento Territorial, impulsados recientemente por el Departamento Nacional de Planeación (DNP), la profesora del Instituto de Estudios Urbanos Yency Contreras, Doctora en Estudios Urbanos y Ambientales expresa que este tema en el país "no es solo técnico de normas urbanísticas, sino que tiene un contenido político bastante importante".

En ese sentido, señala la Profesora, "la academia está llamada a aportar toda la información cualificada y a acompañar a los mandatarios locales en este tipo de modificaciones e identificar los puntos más importantes que hay en torno al ordenamiento".

Según la Profesora, la modificación de estos Planes de Ordenamiento Territorial deben atender en primer lugar a las dinámicas poblacionales, que hacen que Colombia sea un país más urbano que rural, por cuanto aproximadamente el 75% de la población vive en ciudades y esta no habita el suelo rural; esto contiene grandes proporciones dentro del territorio y resulta de suma importancia definir su articulación con el desarrollo de las ciudades.

Razón por la cual “la población, su evolución y las dinámicas de ocupación del territorio son fundamentales en los diagnósticos que se vayan a elaborar para los Planes de Ordenamiento Territorial, pese a que no existan en la actualidad cifras o censos actualizados y que no esté claro cuál ha sido el comportamiento de las tasas poblacionales, es evidente que este proceso de urbanización ha tenido unas repercusiones muy importantes en la forma en la que se ocupa el territorio”, expresó.

En segundo lugar, señala la Docente, no solo es importante considerar la cantidad de población que vive en ciudades sino también "preguntarse por el tamaño de la misma, ya que pese a que nuestro ordenamiento define desde la Constitución Política de 1991 la división político-administrativa del municipio, lo cierto es que los alcances y las competencias reales hacen necesario pensar en una visión regional, más allá de seguir pensado los municipios de manera separada”.

Una visión regional del ordenamiento permitiría empezar a pensar proyectos concretos que articulen el desarrollo y la consolidación de las ciudades intermedias y de las ciudades que están girando alrededor de un gran núcleo, con proyectos que garanticen que esas ciudades en sí mismas son sostenibles y sustentables en el tiempo, manifestó.

Finalmente, considera que en tercer lugar, se deben tener en cuenta los factores de riesgo, puesto que en el actual escenario, los territorios son susceptibles, vulnerables y tienen unos riesgos muy importantes para el desarrollo urbano, que “deben ser tenidos en cuenta, no solamente como una condición accesoria del ordenamiento, sino como el soporte de ese modelo de ordenamiento”, argumentó.

“Hoy no podemos seguir intentando adaptar cualquier área que veamos con posibilidades de desarrollo únicamente para usos urbanos, hay que ver todo el soporte que ese suelo puede brindar en términos eco sistémicos y ambientales,  indicó.

  • Escrito por Daniela García, coordinadora del Observatorio de Gobierno Urbano. 

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