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¿Se verán las VIS y VIP perjudicadas con la Reforma Tributaria?

Publicado el Tuesday, 15 November 2016, en Divulgación académica

Es normal que existan detractores a una nueva reforma tributaria, pero es poco convencional que dichas objeciones vengan de funcionarios del Gobierno central.

Foto: Latcosa.com

No hay nada más impopular en política que una reforma tributaria. Sin embargo, es indispensable para el adecuado mandato del gobierno contar con los recursos económicos suficientes para cumplir con gastos de funcionamiento, gasto público y servicio de la deuda.

Es apenas normal que existan detractores a la propuesta oficial del Gobierno para una reforma tributaria estructural, pero es poco convencional que dichas objeciones provengan de funcionarios del Gobierno central. Este es el caso de las recientes críticas realizadas por el vicepresidente, German Vargas Lleras, y la Ministra de Vivienda, Elsa Noguera, que se suman a las realizadas por el exministro de Vivienda, Luis Felipe Henao y la presidenta de Camacol, Sandra Forero, contra proyecto de Reforma Tributaria que empezó a hacer trámite en el Congreso de la República. La objeción de estos funcionarios radica en que no fueron consultados sobre la reforma, y tal como está traería, según ellos, un efecto negativo en la construcción de vivienda de interés social (VIS) y vivienda de interés prioritario (VIP).

Sin embargo, para la profesora Edna Bonilla, economista y Profesora del Instituto de Estudios Urbanos (IEU), estas afirmaciones no son ciertas ya que, tanto en la exposición de motivos como en el articulado, se dice claramente que la VIP y VIS no pagarán impuestos. Es cierto que se introduce el IVA para la venta de inmuebles con destino residencial y no residencial, pero se exonera a la VIP y a la VIS.

Específicamente el articulado del proyecto dice:

“Art. 182. Los siguientes bienes están gravados con la tarifa del cinco por ciento (5%) [IVA].

La primera venta de unidades de vivienda nueva cuyo valor supere los 26.800 UVT. La primera venta de las unidades de vivienda de interés social VIS, urbana y rural, y de vivienda de interés prioritario VIP, urbana y rural, no estará gravada con el impuesto sobre las ventas” (énfasis añadido).

De igual forma, parte de las críticas a la reforma están basadas en que se propone que las compañías que construyen proyectos VIS o VIP no tendrían exentas las utilidades, como sucede actualmente. Para la profesora Edna, ésta es una medida justa, ya que “la legislación tributaria no debería tener exenciones para los empresarios que deben pagar un impuesto de renta equitativo y proporcional a sus utilidades”.

Por otra parte, las constructoras podrían armarse de un mayor poder de negociación ante la reforma respaldados en las declaraciones de funcionarios del poder central con tanto peso. En este sentido, el profesor Jorge Iván González, del IEU, considera que el gremio constructor va a aprovechar para evitar el IVA en todo tipo de construcción residencial y, como ocurre con todas las discusiones de reformas tributarias, buscará mantener sus privilegios.

Aunque no se niega que los incentivos para la construcción de VIS y VIP son fundamentales, con el fin de garantizar que los más necesitados puedan acceder a un bien fundamental como la vivienda, el profesor Jorge Iván considera que “se deben mantener los privilegios en IVA pero no en el impuesto de renta”.

Finalmente, tanto la profesora Edna como el profesor Jorge Iván, coinciden en que infortunadamente el proyecto de reforma tributaria no es estructural y nuevamente cae en la apuesta de buscar recursos adicionales. Es un proyecto que para aumentar el recaudo se centra en el aumento de los impuestos al consumo como el IVA, el incremento al impuesto de renta en las personas naturales y en el fortalecimiento a las medidas contra la evasión. En contraposición, insiste en aligerar el impuesto sobre la renta de las personas jurídicas. No explora nuevas fuentes de financiación y no toca las potencialidades de los impuestos al suelo. Mantiene varios privilegios y no mejora ni la equidad ni los errores sustantivos del sistema tributario, así como tampoco fortalece a las entidades territoriales para mejorar su autonomía tributaria.

  • Boletín escrito para el Observatorio de Gobierno Urbano del IEU. Autor: Fernando Rodríguez

    • Etiquetas: AGU, ciudades, Observatorio de Gobierno Urbano
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