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“Sí la justicia restaurativa se aplica seriamente, es una buena herramienta para mejorar la convivencia ciudadana”, Manuel Iturralde

Publicado el Domingo, 28 Agosto 2022, en Divulgación académica, Destacados

El ministro de Justicia, Néstor Osuna, propuso implementar mecanismos de justicia restaurativa para ciertos delitos. Las implicaciones e impactos de esta propuesta son analizados por el abogado Manuel Iturralde*, docente de la Universidad de los Andes.

Foto: K-Kwanchai

 

Manuel Iturralde*

La justicia restaurativa a la que hizo alusión el ministro está basada en que la persona que cometa ciertos delitos, considerados como menores no vayan a la cárcel, sino que pasen por un proceso de reconciliación judicial. ¿Qué significa este término de la justicia restaurativa?

La justicia restaurativa, en el ámbito penal, significa que en vez de aplicar una sanción que implique un castigo, como la privación de la libertad o la restricción de los derechos de la persona que cometa un delito, se reparen los lazos sociales que queden rotos por la realización de una conducta delictiva. Por eso lleva ese nombre, porque busca restaurar a la víctima en sus derechos, a la comunidad y a la sociedad.

Lo que busca la justicia restaurativa más que aplicar una sanción penal, una vez se determine que una persona es responsable de haber cometido un delito, es encontrar formas entre el Estado, la víctima, la comunidad y el victimario, para restaurar los lazos sociales rotos con su conducta y reparar a la víctima al responsabilizarse por las conductas que realizó.

Hay un elemento de reconocimiento de responsabilidad por parte del victimario. También asume ciertos costos por haber realizado la conducta, pero no son pagar una pena o un castigo, si no realizar distintos tipos de actividades acordadas con la comunidad, el Estado y la víctima. Estos servirán para reparar el daño causado y restaurar los derechos de la víctima y la comunidad. Entonces pueden tener formas muy variadas como: trabajo comunitario, solicitud de perdón, indemnización a la víctima y distintos tipos de encuentros para hallar la mejor solución. 

Normalmente ¿Cómo está estipulada la justicia restaurativa, o qué cambios se deben hacer para su implementación?

La justicia restaurativa normalmente no tiene nada novedoso. Es una visión de cómo lidiar con la comisión de delitos y el conflicto social que le subyace. Está presente en legislaciones de muchos países y en la legislación penal colombiana. Nuestro ordenamiento penal reconoce la justicia restaurativa como una de las posibles formas de hacer justicia en el sistema, lo que pasa es que no ha tenido ningún tipo de desarrollo  institucional.

Hay desinterés político y de la sociedad porque estamos muy enfocados en el castigo, sobre todo a través de la cárcel como principal forma de responder al delito. Creo que no se le ha dado una oportunidad. Por supuesto, habría que implementar toda una política donde los jueces penales asuman la responsabilidad de aplicarla. 

Se necesita contar con una norma expedida por el Congreso que desarrolle de manera mucho más precisa ¿qué es la justicia restaurativa?. ¿Cuáles son los modelos de justicia restaurativa que se podrían aplicar? y, ¿en qué casos y bajo qué condiciones se aplicaría?. Sí se requiere de un desarrollo normativo, acompañado de un apoyo institucional y presupuestal importante.

Muchas de las personas con algo de ignorancia o de audacia, critican la justicia restaurativa como una forma de impunidad, sin conocerla realmente. Yo creo que se puede implementar si se hace con  seriedad. Tal vez no pueda responder a todos los conflictos que generan los delitos, sobre todo los más graves, pero hay muchos de carácter menor relacionados con temas de convivencia ciudadana, daño de bienes, lesiones personales, inasistencia alimentaria, calumnia, hurtos de menor cuantía donde podría operar.

La prisión podría implementarse realmente para los delitos más graves, que generen una condena social más fuerte por su violencia y amenaza en contra del orden público y ciertos derechos fundamentales. Para que funcione esta justicia se requiere un acompañamiento a la víctima, al victimario y posiblemente a la comunidad involucrada, para mediar y conciliar entre las distintas partes. Después se requiere una institucionalidad que garantice que se cumplan con los acuerdos.

Estos pactos deben ser conducentes a lograr los objetivos de la justicia restaurativa:restablecer los lazos sociales, restaurar a la víctima y a la comunidad. Se requiere  generar confianza en la sociedad de que esos delitos no se van a seguir cometiendo, por lo menos por parte de esa persona. Eso implica un acompañamiento al victimario de forma tal que los mecanismos de justicia restaurativa sean de rehabilitación y resocialización por fuera de la cárcel. Esto ayudará a que el individuo no reincida.

También requiere de un acompañamiento estatal o institucional importante, porque no depende simplemente de la voluntad del victimario, sino que el Estado y la comunidad deben tener herramientas, a través de la justicia restaurativa, para que no vuelva a delinquir o por lo menos para minimizar los riesgos. 

Esto incluye atención psicosocial, orientación profesional y orientación educativa. Hay que ver también las circunstancias por las cuales esa persona cometió el delito y en qué sentido el Estado y la comunidad pueden contribuir a apoyarlo como una forma de tratamiento, para que no vuelva a incurrir en él. Desde ese punto de vista, la justicia restaurativa es exigente para que dé buenos resultados y se debe contar con los recursos y medios adecuados.

¿Qué tipos de delitos se podrían incluir en esta propuesta?

Pueden ser incluídos muchos relacionados con la  seguridad ciudadana. Obviamente, hay un debate político y jurídico que dar sobre qué delitos deben ser incluidos. Ahora lo estamos viendo con la justicia transicional, incluso delitos muy serios pueden ser objeto de justicia restaurativa. Eso depende de como sociedad qué objetivos queremos percibir, a través de formas de tratar el delito. 

Hemos visto que la forma puramente punitiva no funciona. Tenemos unas cárceles hacinadas, en condiciones inhumanas y realmente no están teniendo una gran incidencia para prevenir el delito y disminuirlo. Si el objetivo es venganza social funciona, pero deberíamos preguntarnos si como política pública eso nos basta o es justificable. La política criminal entendida como política pública, es que toda la sociedad se encuentra más segura, porque se cometen menos delitos o hay menos riesgo de que personas que hayan cometido delitos vuelvan a hacerlo.

Si ese es el objetivo, creo que se podría mirar con más apertura si la justicia restaurativa podría servir. También viene un análisis de nuestro contexto social. Ver qué delitos pueden ser objeto de la justicia restaurativa, no solo por su gravedad. Entiendo que sería muy pronto para decir que alguien que comete un delito de homicidio o acceso carnal violento puede ser objeto de justicia restaurativa y penas alternativas a la prisión. Tal vez la sociedad todavía no está preparada para esa discusión, pero una gran cantidad de conductas menos graves si se podrían incluir.

Muchos delitos responden a las carencias de determinados contextos y lo que haría la justicia restaurativa, a través de ese proceso reparador, es tratar de ver cómo se contribuye a solucionar esos problemas de fondo. No se trata sólo de definir qué delitos son los más graves o menos graves, sino también de entender el contexto en qué se cometen.

El objetivo es reducir los factores de riesgo de reincidencia del delincuente, reducir el número de delitos y prevenir la comisión de los mismos. No se trata de decir si el hurto de celular debe quedar excluido o incluído. Es muy distinto si una persona roba celulares como una forma de subsistencia o si eso tiene que ver con una red criminal organizada. La  justicia restaurativa debería enfocarse en aquellos delitos que manifiestan situaciones de exclusión social y falta de educación, empleo y oportunidades que pueden ser tratadas a través de la justicia restaurativa. 

¿Cuál sería su impacto urbano?

Sí la justicia restaurativa se aplica de una manera seria, con voluntad política y con recursos, puede ser una muy buena herramienta para mejorar la convivencia ciudadana, reducir la criminalidad y la residencia e incluso mejorar espacios urbanos. Por ejemplo, si en una zona de la ciudad muy afectada por cierto tipo de delitos como tráfico de drogas o hurtos en la calle, se identifica un problema de exclusión social o carencia de servicios urbanos,  la implementación de instrumentos de justicia restaurativa podría ayudar a entender cómo la comisión de esos delitos afecta a las víctimas, a la comunidad y cómo hacer responsables a los victimarios.

A través de los mecanismos de la justicia restaurativa se puede desactivar a un número de personas, que están cometiendo delitos en esas condiciones y podrían ser parte de la solución haciendo trabajo comunitario, responsabilizándose por sus acciones y encontrando caminos para reparar a la comunidad y a las víctimas. Con el apoyo del Estado se pueden encontrar formas de no volver a delinquir. 

La justicia restaurativa se tiene que postular a una escala local. Una cosa es un diseño nacional para todo el país, pues debe haber un marco normativo regulador, pero el éxito depende mucho de lo local, de cómo se adapte a las circunstancias del contexto socioeconómico del territorio y del tipo de población que se está viendo afectada por ciertos fenómenos criminales. Para que funcione bien es muy importante tener en cuenta lo local, ese espacio urbano particular donde se presentan ciertas problemáticas.

¿Cómo incidirá en la política penitenciaria  del país, especialmente de las ciudades?

Una gran cantidad de delitos relativamente menores se podrían descriminalizar, lo cual crea una alternativa al castigo carcelario, como única respuesta al sistema penal. Esto indudablemente reduciría el hacinamiento en las cárceles, permitiría mejorar las condiciones de las prisiones y sobre todo liberar recursos para que se puedan invertir en formas alternativas de tratar el delito.

También salimos un poco del círculo vicioso en el que estamos invirtiendo una gran cantidad de esfuerzos, energía y recursos, en un sistema que no funciona y no produce los resultados esperados. Podríamos estar convirtiéndolos en un modelo estricto de la justicia restaurativa qué podría dar mejores soluciones. Obviamente no será un cambio de la noche a la mañana, es progresivo y paulatino. Se debe empezar con pilotos, de una manera más puntual y más local

Si funciona adecuadamente de manera paulatina podría ir reemplazando el uso de la prisión, porque también creo que la sociedad se va a acostumbrar en términos culturales a la justicia restaurativa. Si funciona da buenos resultados serìa un mecanismo aceptable de justicia para enfrentar el problema de la criminalidad.

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    Realizada por: Manuel Iturralde

    *Profesor asociado de la Facultad de Derecho. Es abogado de la Universidad de los Andes, con maestría y doctorado en derecho de London School of Economics.

    Las opiniones contenidas en este artículo no expresan la posición institucional del Instituto de Estudios Urbanos de la Universidad Nacional de Colombia.

    • Etiquetas: Ciudadana, Convivencia, Herramienta, Justicia, Restaurativa
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